Año 2 N° 1 - Enero 2010 Inicio Ediciones Anteriores Acerca de SOCICAN Contacto


Decisiones importantes en la historia de la CAN


Decisión 593
La Decisión 593 establece la creación del Consejo Andino de Ministros de Educación y Responsables de Políticas Culturales, el cual se basa en el Acuerdo de Cartagena, que establece que la finalidad de la integración andina es “procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión”

Asimismo, se basa en la importancia de impulsar el fortalecimiento de la identidad cultural andina sobre la base de su rica diversidad, y el desarrollo de una cultura de la integración entre los ciudadanos andinos.

En tal sentido, las funciones del Consejo Andino de Ministros de Educación y responsables de Políticas Culturales, en el marco de la integración cultural, son:

Emitir opiniones sobre aspectos culturales del proceso andino de integración al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a los demás órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración.

Además debe asegurar la puesta en ejecución de los programas sociales comunitarios y el programa de cooperación técnica horizontal sobre cultura, contemplados en el Plan Integrado de Desarrollo Social en estrecha coordinación con el Consejo Andino de Ministros de Desarrollo Social y el Convenio Andrés Bello.

Del mismo modo, debe facilitar la adopción de posiciones comunes o concertadas sobre temas de cultura en foros y negociaciones internacionales.


Decisión 588


Esta Decisión sustituye a la Decisión 460 sobre la protección y recuperación de bienes del patrimonio cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

En tal sentido, esta Decisión tiene como fin promover políticas, mecanismos y disposiciones legales comunes para la identificación, registro, protección, conservación, vigilancia, restitución y repatriación de los bienes que integran el patrimonio cultural de los Países Miembros, así como para diseñar y ejecutar acciones conjuntas que impidan la salida, extracción, ingreso, tránsito internacional o transferencia ilícitos de los mismos entre los Países Miembros y terceros países.

Asimismo, los Países Miembros tienen la obligación de establecer en su territorio los servicios adecuados de protección del patrimonio cultural, dotados de personal competente para garantizar eficazmente las siguientes funciones:

  1. Elaborar normas legales, leyes y reglamentos que aseguren la protección del patrimonio cultural y especialmente el control y sanción del tráfico ilícito de bienes culturales.
  2. Establecer y mantener actualizada una lista de los principales bienes culturales, públicos y privados, cuya comercialización dentro y fuera del país de origen constituiría un empobrecimiento considerable del patrimonio cultural de los Países Miembros.


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Sociedad Civil en Acción

Los pueblo indígenas pidieron a los países limitar el consumo irresponsable, el derroche de los recursos naturales y la generación de basura

La Red pretende impulsar, promover y ejecutar proyectos o iniciativas que favorezcan la integración en sus propios ámbitos
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Esta es una publicación del Proyecto SOCICAN, una iniciativa de la Unión Europea y la Comunidad Andina.
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